En el ámbito empresarial, la elección de la entidad jurídica adecuada para establecer una empresa es un paso fundamental que puede influir significativamente en su funcionamiento, protección jurídica y éxito a largo plazo. Es por ello que resulta fundamental conocer qué es una persona moral mercantil, así como los distintos tipos de sociedades mercantiles, las formas para constituirse y los beneficios que puede ofrecer a los empresarios en México.
Las sociedades mercantiles son entes que la ley reconoce con personalidad jurídica propia y distinta de sus miembros, cuentan con un patrimonio propio, realizan actividades lucrativas y reparten los beneficios a sus socios. Existen siete tipos de sociedades mercantiles en México.
Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.)
Se constituye con una o más personas físicas, las cuales están obligadas al pago de sus aportaciones representadas en acciones.
¿Cómo constituir una Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.)?
Su constitución se puede realizar de forma gratuita por Internet, en 24 horas, sin requerir de notarios.
Para su constitución existen dos requisitos fundamentales:
El o los accionistas deben contar con su firma electrónica (e.firma).
El o alguno de los accionistas debe contar con la autorización de la denominación de la sociedad.
Existen múltiples beneficios de su constitución:
El capital social puede ser a partir de $1 peso mexicano.
No requiere de socios para crear una empresa.
No hay un capital mínimo para su creación.
Tu patrimonio personal queda protegido, ya que solo se responde por el capital aportado.
No requieres contratar servicios de notario o corredor público para su constitución.
Sociedad Anónima (S.A.)
En este tipo de sociedad mercantil, la responsabilidad de los socios está limitado al capital que han aportado. Se debe tener en cuenta que para constituir una Sociedad Anónima se requieren de mínimo dos socios, y cada uno de ellos debe poseer al menos una acción. Por otro lado, los accionistas no ponen en juego su patrimonio personal, sino que únicamente se utiliza el capital aportado.
Existen tres tipos:
Sociedad Anónima de Capital Variable (S. A. de C. V.) Se caracteriza por permitir a los accionistas ajustar el capital de la empresa sin necesidad de realizar cambios radicales en la estructura legal de la sociedad. Lo cual ofrece cierta flexibilidad a la empresa para adaptarse a diferentes situaciones tanto financieras como de mercado. Algunos de sus beneficios son los siguientes:
La responsabilidad de los accionistas se limita al monto de su inversión en acciones, lo que significa que no son personalmente responsables por las deudas y obligaciones de la empresa más allá de su aporte de capital.
Fácil transferencia de acciones.
Proyección de una imagen más sólida y confiable para los clientes, socios y/o proveedores.
Sociedad Anónima Bursátil (S.A.B.) Se caracteriza por estar constituida como una sociedad anónima (S.A.) y cuyas acciones pueden estar inscritas en la bolsa Mexicana de Valores, lo que significa que pueden ser compradas y vendidas por el público en general. En una sociedad anónima bursátil, el capital social está dividido en acciones, las cuales pueden ser de distintas clases (ordinarias, preferentes, etc.). Estas acciones se negocian en la bolsa, lo que proporciona liquidez a los accionistas, ya que tienen la posibilidad de vender sus acciones en cualquier momento a través del mercado secundario. ¿Cómo constituir una Sociedad Anónima Bursátil (S.A.B.)? Mediante un fedatario público. Algunos de sus beneficios son:
El valor de la empresa aumenta al cotizar en la bolsa.
Los accionistas pueden establecer el valor de sus acciones según la oferta y la demanda.
Se reconoce como sólida financieramente.
Mejora la imagen de la empresa, aumentando su competitividad.
Los accionistas pueden obtener liquidez al vender sus acciones.
Sociedades Anónimas Promotoras de Inversión (S.A.P.I.). La principal característica de una S.A.P.I. es que permite a los inversionistas adoptar estructuras flexibles y adaptadas a las necesidades específicas de cada proyecto o empresa en el que deseen participar. El emprendedor o empresario puede conservar el control de la operación de la empresa, y el inversionista tiene derechos para conocer el manejo de los recursos sin estar involucrado en la operación del negocio. ¿Cómo constituir una Sociedad Anónima Promotora de Inversión (S.A.P.I.)? Una S.A.P.I. se constituye bajo la Ley General de Sociedades Mercantiles de México y puede tener diversos objetivos, desde el desarrollo de proyectos inmobiliarios hasta la inversión en startups o empresas en crecimiento. Constituirse por este tipo de sociedad tiene varios beneficios como: ¿Cómo constituir una Sociedad Anónima (S.A.)? Su constitución se realiza mediante fedatario público. Y cabe destacar que ell capital mínimo para su constitución se establece en el contrato social. Para su constitución existen tres requisitos fundamentales: Algunos de los beneficios de su constitución son:
Los accionistas de una S.A.P.I. pueden acordar normas específicas para la distribución de las utilidades.
Se considera como flexible debido a que facilita la participación de diversos inversionistas en el proyecto.
Los accionistas de una S.A.P.I. tienen responsabilidad limitada, lo que significa que su responsabilidad está limitada al monto de su inversión en la empresa.
La flexibilidad y adaptabilidad presentadas anteriormente la hacen atractiva para startups, empresas en crecimiento, proyectos inmobiliarios, entre otros.
Imagen más sólida de la empresa, lo que puede ser beneficioso para establecer relaciones comerciales.
Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. de R.L)
Los socios responden al pago de sus aportaciones, sin comprometer su patrimonio personal. Puede estar conformada por un máximo de 50 socios. El capital mínimo es de $3,000 pesos y se necesita que los socios hagan su aportación inicial establecida previamente en el acta constitutiva.
¿Cómo constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. de R.L)?
Su constitución se realiza mediante fedatario público.
Para su constitución existen dos requisitos fundamentales:
Contar con al menos 2 socios y un máximo de 50 socios.
Es importante tener claridad sobre los elementos que los socios registrarán en su respectiva acta constitutiva.
Algunos de los beneficios para los empresarios son:
Responsabilidad limitada al monto de su inversión en la empresa. Esto protege los activos personales de cada socio.
Son consideradas como flexibles, ya que los socios pueden tener más libertad para tomar decisiones operativas y administrativas según sea el caso.
Normalmente, presentan menos regulaciones y requisitos de informes, lo cual puede significar menor carga administrativa.
Sociedad en Comandita Simple (S. en C.S)
En este tipo de sociedad mercantil coexisten dos tipos de socios: los socios comanditados y los socios comanditarios.
Socios comanditados: Son aquellos que tienen responsabilidad ilimitada sobre las deudas y obligaciones de toda la sociedad. Además, son quienes gestionan y administran la empresa, asumiendo un rol más activo tanto en la dirección como en la toma de decisiones.
Socios comanditarios: Son aquellos cuya responsabilidad se limita al capital que hayan aportado a la sociedad. Su función principal es la de aportar fondos para el desarrollo de la actividad empresarial, por lo tanto, no suelen participar en la gestión y/o administración de la empresa.
¿Cómo constituir una Sociedad en Comandita Simple (S. en C.S)?
Se realiza mediante fedatario público. Es necesario que la razón social se componga con el nombre de uno o varios socios comanditados. En caso de que no aparezcan todos los nombres de los socios comanditados, el nombre deberá ser seguido por “y compañía”. Además, la razón social debe tener la leyenda de “sociedad en comandita simple” o su abreviatura “S. en C.S.”.
Para su constitución existen dos requisitos fundamentales;
Expresar la identidad de los socios comanditarios.
Es importante tener claridad sobre los elementos que los socios registrarán en el acta constitutiva.
Existen múltiples beneficios de su constitución:
No existe una cantidad mínima de capital social.
Los socios comanditarios tienen responsabilidad limitada, por lo que su responsabilidad se limita al monto de su inversión.
Los socios comanditados tienen la capacidad de gestionar las operaciones de la empresa y tomar decisiones.
El retiro de un socio comanditario no provoca que la sociedad se disuelva, debido a que nuevos socios inversionistas pueden unirse.
Sociedad en Comandita por Acciones (S.C.A.)
En dicha sociedad, el capital está dividido en diversas acciones, además, está conformado por las aportaciones de los socios. Cabe destacar que uno de los socios es designado como socio colectivo y responde personalmente de las deudas de la sociedad.
¿Cómo constituir una Sociedad en Comandita por Acciones (S.C.A.)?
Se establece mediante fedatario público, y requiere de dos o más personas físicas y/o morales, las cuales podrían llegar a ser socios industriales o capitalistas.
Para su constitución existen dos requisitos fundamentales:
Al menos dos socios.
Establecer previamente los elementos que los socios registrarán en el acta constitutiva.
Algunos de los beneficios de su constitución son:
No existe un mínimo de capital.
Los accionistas limitados no son responsables de las deudas y obligaciones de la empresa más allá de su aporte de capital.
Se tiene una gestión más flexible, ya que es posible que algunos de los accionistas no participen directamente en la gestión de la empresa.
Sociedad en Nombre Colectivo (S.N.C.)
Esta entidad comercial consiste en que dos o más personas se asocian para llevar a cabo actividades lucrativas bajo un nombre colectivo. En este tipo de sociedad, todos los socios son responsables de las deudas y obligaciones que genere la empresa, lo que significa que cada socio responde con su propio patrimonio en caso de que la empresa lo necesite.
Los socios comparten tanto los beneficios como las pérdidas generadas por la empresa en proporción a su participación en la sociedad, a menos que, previamente, se establezca lo contrario.
¿Cómo constituir una Sociedad en Nombre Colectivo (S.N.C.)?
Se establece mediante un fedatario público, se requiere de dos o más personas físicas y/o morales, quienes pueden tener la calidad de socios industriales (aportan principalmente con trabajo y reciben salario) o capitalistas (como su nombre lo dice, contribuyen con capital). Esta condición de socio es completamente intransferible sin la previa autorización de los demás socios.
Para su constitución existen cuatro requisitos fundamentales:
Se requiere de al menos dos socios.
Se requiere de accionistas capitalistas y socios industriales.
La razón social debe formarse con el nombre de uno o más socios.
Establecer previamente los elementos que los socios registrarán en el acta constitutiva.
Existen múltiples beneficios de su constitución
Su capital social puede ser desde $1 peso mexicano.
Su operación se considera flexible debido a que los términos y condiciones pueden ser acordados entre los socios.
La responsabilidad de los socios es ilimitada y se comparte entre todos los miembros de la sociedad. Lo cual ofrece una sensación de seguridad y mayor respaldo entre los socios.
Este tipo de sociedades son propicias a presentar ambientes más colaborativos, ya que los socios tienen participación en las decisiones de la compañía.
Sociedad Cooperativa (S.C.)
Se define como una asociación autónoma de personas que se unen de forma voluntaria para crear una empresa que logre satisfacer ciertas necesidades y aspiraciones, las cuales pueden ser económicas, sociales y/o culturales.
Las sociedades cooperativas se dividen en tres:
De consumo: Los socios buscan obtener bienes o servicios para ellos, o sus actividades de producción.
De producción: Los socios ofrecen trabajo físico o mental en la producción de bienes o servicios.
De ahorro y préstamo: Realizan préstamos y/o ahorros con sus socios.
¿Cómo constituir una Sociedad Cooperativa (S.C.)?
A través de un notario público, un juez de distrito, juez de primera instancia, presidente municipal, secretario, delegado municipal o titular de los órganos político-administrativos.
Para su constitución existe un requisito fundamental:
Un mínimo de cinco socios.
Existen múltiples beneficios de su constitución:
Permite a sus socios acceder a servicios y recursos que, de otra manera, podrían ser inaccesibles para ellos, como créditos, tecnología, capacitación, entre otros.
Suelen generar múltiples empleos, especialmente en áreas rurales y en sectores como la agricultura y la artesanía. Ayudando al desarrollo económico y social de algunas comunidades que podrían considerarse marginadas.
Se fomenta la solidaridad y el trabajo en equipo entre los socios.
Sin duda, elegir la entidad jurídica adecuada resulta fundamental para el éxito y la sostenibilidad de cualquier empresa. Cada tipo de sociedad mercantil presentada tiene características y formas de constitución que resultan únicas, y por ende, cada una ofrece ventajas específicas.
Comprender los diferentes tipos de sociedades mercantiles, sus beneficios y sus características particulares es crucial para tomar decisiones informadas y estratégicas que impulsen el crecimiento a largo plazo de cualquier empresa en el entorno empresarial mexicano.
Artículo por:
Juan Pablo Gutiérrez
CEO